Comencemos transcribiendo el preámbulo de la constitución:
"El pueblo del Ecuador, en ejercicio de su soberanía expide y sanciona, mediante referéndum, sufre constitución."
Siendo la mujer parte activa del pueblo, esta sola transcripción supone el carácter tutelar de la carta constitucional a los derechos femeninos en todos los campos.
Efectivamente, al consagrar "la igualdad ante la ley" y prohibir "toda discriminación por motivos de raza, color,sexo, idioma, religión, filiación, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen social, posición económica o nacimiento", en un aparte dispone:
"La mujer, cualquiera sea su estado civil, tiene iguales derechos y oportunidades que el hombre en todos los órdenes de la vida pública, privada y familiar, especialmente en lo civil, político, económico, social y cultural".(ART.19---garantía 4----- De los derechos de la persona.)
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